¿QUÉ SE NECESITA PARA SER UN NÓMADA DIGITAL EN ESPAÑA?

Para ser nómada digital en España necesitas cumplir dos tipos de requisitos: unos generales y otros específicos. Vamos primero con los generales.

Requisitos generales para ser nómada digital en España

Para empezar, tienes que ser mayor de edad a ojos de España, es decir, que hayan pasado 18 o más años desde que naciste, nada más que explicar en este punto. Segundo, no puedes tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas vivido durante los últimos cinco años, por delitos que también existan en el ordenamiento jurídico español.

Tercero, no puedes tener prohibida la entrada a España o a cualquier otro país con los que España tengo convenios en este sentido, como, por ejemplo, todos los países del espacio Schengen Schengen, Si algún país Schengen te ha vetado la entrada, España no puede concederte esta autorización. Tendrías que esperar a que caduque la prohibición de entrada.

Cuarto, no debes ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Lógico, porque si fueras de alguno de estos países, ya podrías vivir y trabajar en España sin necesidad de complicarte usando esta figura.

Quinto, necesitas acreditar tu derecho a recibir asistencia sanitaria. Por cualquier cosa que pueda pasar, ya sabes que un día estamos y al otro día no.

Esto puede ser si eres freelance o autónomo simplemente una carta de compromiso de que te vas a dar de alta en la seguridad social española una vez se apruebe tu autorización, si eres trabajador dependiente subordinado con contrato de trabajo entonces lo más probable es que tengas que contratar un seguro médico privado, dado que aún si tú país tiene convenio de la seguridad social, lo normal es que esos convenios solo cubran el aspecto pensional, y no brinden cobertura en salud en el país de destino. Y cuidado porque no puede ser cualquier seguro médico, tendrá que ser contratado con una aseguradora que preste servicio en España, sin copagos y con las mínimas carencias posibles. Si vienes con familiares, ellos también deben estar cubiertos.

Si lo que tienes es seguro privado, los familiares incrementan el precio sustancialmente, pero si te das de alta como autónomo el precio es fijo y puedes incluirlos a todos normalmente.

Sexto, hay que pagar la tasa administrativa, que en 2026 de momento asciende a 73,26 euros, recuerda que esto se graba en los primerísimos días de 2026, así que en cuanto se actualice el valor, lo anunciaremos en todas nuestras redes, suscribete a este canal y síguenos en todo lado como @legalenespana para no perderte de novedades importantes.

Y séptimo, tienes que contar con medios económicos suficientes para mantenerte a ti mismo y a tu familia durante tu residencia en España. Este punto lo veremos en profundidad en un momento, pero quédate con esta idea: España quiere estar segura de que puedes vivir aquí sin convertirte en una carga para la asistencia social y además gastando, estimulando la economía.

Requisitos específicos para solicitar la residencia

Hasta aquí los requisitos generales. Ahora sí, vamos con los específicos, que son los que realmente determinan quién puede ser nómada digital en España.

Formación académica o experiencia profesional

El PRIMER REQUISITO ESPECÍFICO es que debes poder acreditar o estudios superiores relacionados con tu actividad, o experiencia profesional relacionada. No necesitas las dos cosas, con una es suficiente.

O tienes un título universitario, de una escuela de negocios o de un centro de formación profesional, o tienes al menos tres años de experiencia profesional en el área en la que trabajas en remoto, recuerda que esta es una figura pensada para profesionales cualificados, por lo que trabajos básicos, operativos o que no exijan una cualificación verdadera, no son viables.

Aunque la ley habla de centros educativos de “reconocido prestigio”, en la práctica se aceptan títulos oficiales expedidos por entidades reconocidas en tu país. Como te comentaba, No hace falta que sea Harvard, ni Oxford.

Lo realmente importante es que haya coherencia entre tu título o tu experiencia y tu actividad como teletrabajador.

Si eres ingeniero pero trabajas en marketing, probablemente el título no sirva y habrá que ir por experiencia. Si eres psicólogo pero trabajas como desarrollador, lo mismo.

Hay perfiles en los que existe una coherencia defendible y otros en los que no; esto no es una cuestión de voluntad, sino de encaje objetivo Recuerdo el caso de un un nómada que vino con toda su familia a España, era un ingeniero civil, pero se dedicaba a administrar una empresa de logística, argumentamos con el curriculum de su grado universitario en mano que tenía una fuerte formación en dirección y gestión de proyectos, lo cual estaba estrechamente relacionado con sus actividades laborales actuales. Para saber si tu caso es viable y si puedo llevarlo yo personalmente te digo al final del vídeo cómo puedes solicitar una llamada de evaluación.

Relación laboral y actividad en remoto

El SEGUNDO REQUISITO ESPECÍFICO es que debes estar trabajando en remoto por al menos los últimos tres meses para un empleador o cliente o clientes que no sean españoles y que lleven al menos un año constituidos.

Cuando hablo de empleador o cliente es porque recuerda que es válido tanto trabajar por cuenta ajena, con contrato laboral, como por cuenta propia, con contratos de servicios, facturas y demás, o incluso si eres dueño de más del 25% de una empresa y trabajas en ella, dependiendo del enfoque, también podría ser válido.

Esta característica específica está muy relacionada con la estabilidad y la fuente de tus ingresos, recuerda que España exige que sean de fuente extranjera. La única excepción es para los autónomos o freelancers, que pueden tener clientes en España siempre que esos ingresos no superen el 20% del total.

Y otro matiz práctico importante: Aunque la ley hable de “empresas” con las que se tenga una relación laboral o comercial, en la práctica también se admite que trabajes para personas físicas, clientes particulares. En esos casos, obviamente, no se exige lo del año de antigüedad, porque una persona física no se “constituye” como empresa.

He gestionado cientos de procesos de consultores que prestaban su servicio a personas y no empresas, de coaches, de profesores de idiomas, de entrenadores personales, etc.

Medios económicos exigidos

El TERCER REQUISITO ESPECÍFICO es el de los medios económicos, y este es clave, voy a determinarte exactamente cuánto debes acreditar como medios económicos para ser atractivo a los ojos de España y que quieran darte tu autorización como teletrabajador internacional.

La ley no fija una cantidad exacta, pero en la práctica se aplica lo que dice la instrucción conjunta de la Dirección General de Asuntos Consulares y de la Dirección General de Migraciones, por cierto, en la descripción de este vídeo te pongo el link donde puedas consultarla, así como el link a la ley y otros recursos de interés.

Esa instrucción establece que debes acreditar: el 200% del salario mínimo interprofesional para ti como titular, un 75% adicional para el primer familiar que te acompañe y un 25% adicional por cada familiar extra.

El salario mínimo interprofesional en España para 2026 en 12 pagas que es como nos interesa, está fijado en 1424.5 €, así las cosas, el monto mínimo de medios económicos a acreditar será de: 2849 euros mensuales para el titular, 1068 euros más si vienes con un acompañante, y 356 euros por cada acompañante adicional.

Recuerda que todo el tiempo hemos hablado de medios económicos, no de salario u honorarios mínimos que ganes con tu actividad como teletrabajador. Ahí hay una diferenciación importante que vuelve viables muchos casos que en principio por el monto que gane el teletrabajador por su actividad no lo son, y lo vamos a explicar justo en el siguiente vídeo de esta serie dedicado a responder en extenso la pregunta “cuánto debo ganar para ser nómada digital en España”?.

Pero antes finalizo este apartado de los requisito con un breve resumen: Tenemos entonces que para ser nómada digital en España debes cumplir con los requisitos generales mencionados, además de tener estudios oficiales o experiencia relacionada y trabajar en remoto para empresas o clientes extranjeros desde hace al menos tres meses (Tener en

cuenta que los clientes o empresas deben tener al menos un año de constituidas, a menos que sean personas naturales) y poder acreditar los medios económicos exigidos conforme a la instrucción conjunta explicada.

Continúa con la guía

Este capítulo forma parte de mi recorrido completo sobre la residencia por teletrabajo internacional en España. Puedes consultar la guía central y el blog para ver los capítulos ya publicados.

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Normativa y enlaces de referencia

Para consultar los textos legales relacionados con esta figura: Ley 14/2013 en el BOE y unidad administrativa competente (UGE). Estos enlaces son referencias documentales; el análisis y las explicaciones de este artículo proceden de mi guion.

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