«La autorización de nómada digital o teletrabajador internacional NO es un permiso de trabajo general y abierto en España. Es un estatus especial diseñado con un propósito muy particular: que vivas en España y gastes tu dinero en España, pero que la fuente de tu riqueza provenga estrictamente del exterior.»

Te voy a explicar las características de esa limitación al trabajo dependiendo de si eres trabajador por cuenta ajena (lo que sería un asalariado, a quien su empleador le paga la seguridad social) o trabajador por cuenta propia (lo que sería un freelance o autónomo que se paga su propia seguridad social).

Respuesta corta: ¿qué trabajo te permite la visa de teletrabajo?

La visa de teletrabajo, que la ley llama residencia para teletrabajo de carácter internacional y que casi todos conocemos como visa de nómada digital, te permite vivir en España mientras trabajas a distancia para empresas o clientes de fuera. Lo que puedes hacer depende de cómo trabajes:

  • Si eres empleado (cuenta ajena): solo puedes trabajar para empresas ubicadas fuera de España.
  • Si eres autónomo o freelance (cuenta propia): puedes tener clientes en España, siempre que lo que factures a empresas o clientes españoles no supere el 20 % del total de tu facturación.
  • Si lo que quieres es buscar trabajo en una empresa española: esta no es tu figura.

Teletrabajador internacional: qué significa en la ley

«Teletrabajador de carácter internacional» es el término legal de lo que llamamos nómada digital. La Ley 14/2013 (art. 74 bis, introducido por la Ley de Startups) se refiere a quien ejerce una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

De esa definición salen las dos reglas que te explico a continuación: dónde tienen que estar tu empresa o tus clientes, y cuánto margen tienes para trabajar con España. Si antes quieres comprobar si tu perfil encaja como teletrabajador internacional, lo explico en la página sobre el teletrabajador internacional y los perfiles que encajan.

Si trabajas por cuenta ajena

«Si eres Trabajador por Cuenta Ajena (es decir, que tu empleador es quien paga tus cotizaciones a la seguridad social): En este caso la prohibición de trabajar para otras empresas es absoluta. La ley establece que debes ejercer una actividad laboral a distancia para empresas ubicadas exclusivamente fuera de España. Lo que se traduce en que tu empresa no puede tener una sede en España para la que tú prestes servicios directos en territorio nacional simulando ser un nómada, y por supuesto, en que tú no puedes buscar otro empleo en una empresa local española, porque dejarías de cumplir con la finalidad de la figura, se sustraería su sustento legal.» Y esto es así incluso si logras darte de alta en la seguridad social para la otra empresa, tú puedes sacar un número de la seguridad social y dárselo a cualquier empleador y que te dé de alta, pero eso no significa que tengas una autorización para hacer ese trabajo.

Si la Unidad de Grandes Empresas se entera de que estás dado de alta en la Seguridad Social española por una empresa local, va a iniciar un procedimiento de extinción de tu residencia y además te enfrentarías probablemente a otro tipo de sanciones. Si eres nómada dependiente o asalariado, tu empleador tiene que estar fuera. Punto. La “libertad” de trabajo solo la adquirirías si llegases a modificar tu autorización de nómada por otra o al momento de obtener la nacionalidad española.

Si trabajas por cuenta propia: autónomo con hasta un 20 % de clientes en España

«En el otro escenario, esto es, si eres Trabajador por Cuenta Propia o Freelance o Autónomo: Aquí la ley abre una pequeña, pero estricta, ventana de flexibilidad. Se te permitirá tener clientes ubicados en España, PERO siempre y cuando los ingresos que percibas de empresas o clientes españoles no superen el 20 % del total de tu facturación.»

Esto significa que el núcleo duro de tu negocio (como mínimo el 80 %) tiene que seguir manteniéndose con clientes en Estados Unidos, Reino Unido, Latinoamérica, o cualquier otro lugar ubicado por fuera del territorio español. Además, cuidado con establecer una relación laboral encubierta (lo que en España se conoce como el «falso autónomo») con esa empresa española que representa hasta el 20 % de tu facturación, porque podrías terminar en serios problemas.

Cómo se calcula el 20 % en la práctica

La ley lo formula como un porcentaje «del total de su actividad profesional» (art. 74 bis.1 de la Ley 14/2013) y no fija una fórmula concreta. Por eso la referencia más clara y más fácil de demostrar es la que te acabo de explicar: tu facturación. Para no llevarte sorpresas:

  • Revisa cada trimestre qué parte de tu facturación procede de empresas o clientes españoles, no solo al cierre del año.
  • Conserva contratos y facturas en los que se vea con claridad dónde está ubicado cada cliente.
  • Mantén la relación con la empresa o los clientes extranjeros con los que obtuviste tu autorización.

Cliente español no es lo mismo que cliente que vive en España

Lo relevante es dónde está ubicada la empresa a la que prestas el servicio, no dónde vive la persona con la que tratas. En principio, una empresa extranjera cuyo responsable reside en España no se convierte por eso en cliente español, mientras que una filial española de un grupo extranjero sí puede contar dentro de tu 20 %. Estos casos frontera conviene analizarlos uno a uno.

Alta como autónomo en España

Como teletrabajador internacional por cuenta propia, tienes que darte de alta como autónomo (RETA) en España una vez se apruebe tu autorización. En tu caso, ese alta no se puede sustituir por un certificado de cobertura de un convenio bilateral de seguridad social: esa opción solo existe para los empleados por cuenta ajena.

¿Qué pasa si superas el 20 %?

Dejas de cumplir una de las condiciones de tu autorización, lo que puede impedir la renovación e incluso llevar a la extinción de tu residencia. Si tu negocio está girando hacia el mercado español, lo prudente es estudiarlo antes de que ocurra, porque quizá te convenga modificar tu autorización por otra figura.

¿Y si lo que buscas es trabajar para una empresa española?

«En resumen: España te abre sus puertas de par en par, permitiéndote residir en uno de los mejores países del mundo, pero a cambio, no puedes entrar a competir en el mercado laboral local. Si tu intención real es venir a España a buscar trabajo, te estás equivocando de figura migratoria; deberías estar mirando la Autorización para Profesionales Altamente Cualificados (PAC) u otras vías del Régimen General. El nómada digital trae su trabajo en la maleta.»

Preguntas frecuentes sobre trabajar en España con la visa de teletrabajo

¿Puedo trabajar para empresas españolas con la visa de nómada digital?

Solo si eres autónomo y lo que facturas a empresas o clientes españoles no supera el 20 % del total de tu facturación. Si eres empleado, tu empleador tiene que estar fuera de España.

¿Puedo tener un contrato laboral con una empresa española dentro de ese 20 %?

No. Con la empresa española solo puede haber una relación profesional, de autónomo a cliente. Si esa relación se convierte en una relación laboral encubierta, estarías ante un falso autónomo.

Si una empresa española me da de alta en la Seguridad Social, ¿ya puedo trabajar para ella?

No. Que te den de alta no significa que tengas autorización para hacer ese trabajo, y puede llevar a que se inicie la extinción de tu residencia.

¿La visa de teletrabajo y la residencia de teletrabajador internacional son lo mismo?

Sí. «Visa de teletrabajo» y «visa de nómada digital» son los nombres populares; el nombre legal es visado o autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional (arts. 74 bis a 74 quinquies de la Ley 14/2013).

Continúa con la guía

Este capítulo forma parte de mi recorrido completo sobre la residencia por teletrabajo internacional en España. Puedes consultar la guía central y el blog para ver los capítulos ya publicados.

  • ¿Necesitas abogado para solicitar la visa de nómada digital?
  • ¿Cuánto dura la visa y la autorización de nómada digital?

Si eres autónomo, te recomiendo también la página sobre el nómada digital autónomo: requisitos, alta en el RETA y riesgos y la visión general de la visa de teletrabajo en España.

Si dudas entre esta visa y otras residencias, consulta la comparativa entre la visa de nómada digital y otras figuras.

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Si después de leer esta guía quieres saber si tu perfil puede encajar, solicita una videollamada de evaluación. Primero revisaré la información necesaria para valorar si procede avanzar.

Normativa y enlaces de referencia

Para consultar los textos legales relacionados con esta figura: Ley 14/2013 en el BOE y unidad administrativa competente (UGE). Estos enlaces son referencias documentales; el análisis y las explicaciones de este artículo proceden de mi guion.

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